Al momento de arrendar un inmueble en Colombia siempre se cuestiona quién debe asumir los arreglos de la propiedad a la hora de entregarlo. Se conoce como arrendador a la persona dueña del inmueble y como arrendatario al que lo toma en arriendo.
(Inflación: los servicios públicos cedieron y arriendos siguen jalonando).
Según la norma 2029 del Código Civil y la Ley 820 de 2003la cual los contratos de arrendamiento, es responsabilidad del arrendador tener el inmueble en las mejores condiciones y efectuar por su cuenta las reparaciones requeridas cuando estas no sean causas por el arrendatario.
Por otro lado, la ley menciona que, en caso de daños o deterioros debido al uso normal de la vivienda, oa su mal uso, las reparaciones requeridas serán asumidas por el arrendatario, el cual debe tenerlo en las mejores condiciones.
(Subida de tasas empuja a los arriendos de vivienda usada).
Lo anterior quiere decir que, si bien es cierto que las reparaciones que requieren el inmueble deben ser asumidas por el arrendador, el arrendatario debe hacer buen uso de los espacios, el piso, puertas, ventanas, los servicios, las conexiones y grifos, Entre otros.
Así las cosas, el arrendatario debe asumir las obligaciones de conservar las paredes, techos, cañerías, vidrios, puertas y pintura, entre otros, ya que, al momento de recibir el inmueble, se asume que fue entregado en óptimas condiciones para habitarlo.
(Arriendos: están subtilendo en menos de lo que autoriza la ley).
por tanto, es el arrendatario el que debe responder por los arreglos locativos (mencionados anteriormente) que pueda necesitar la vivienda, y el arrendador debe responder por los daños causados por uso o deterioro normal del inmueble.
BILLETERA