Reforma pensional: artículos que pueden estancar el debate del proyecto | júbilo | mis finanzas

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Aunque a paso lento, miI El proyecto de ley de reforma de pensiones de Gustavo Petro está a la vanguardia del debate sobre el contrabando en el Congreso. El jueves pasado pasó aprobado el informe de la ponencia en la Comisión VII del Senado, y para hoy se prvé que inició la votación del articulado.

(Vea: Mujeres ya no tendrán que cotizar 1.300 semanas para pensionarse).

sin embargo, hay 19 puntos que podrían complicar la votación del proyecto. Esto pues hay 11 artículos que no tienen acuerdo, y otros ocho que solo tienen un acuerdo parcial.

El primer artículo de la ponencia es uno de los que no tienen acuerdo y se pactó que será sometido a elección.

Este define el objeto del proyecto de Ley, pero para los senadores, no hay acuerdo con la propuesta del texto radicado por el Gobiernodado que, argumentan que algunos artículos de la reforma plantada no garantizan “la universalidad, debilitan la sostenibilidad del sistema a mediano y largo plazo” y coarta la libertad de elección de los afiliados cotizantes.

Otro punto sin acuerdo es el 3, donde se presentó la estructura del sistema. La razón detrás está en el umbral del componente de prima media, la manzana de la discordia de la reforma, y ​​​​el cual será sometido a votación.

Vale la pena recordar que el sistema de pilares que propone el Gobierno Petro contemplaba que Colpensiones y los fondos privados de harán pensiones parte de un mismo modelo en el que cotizarán todos los colombianos, en el cual todos los aportes por debajo de tres salarios mínimos irán in Colpensiones, y de este monto en adelante a los fondos privados.

sin embargo, han sido varias las alertas de diferentes estudios técnicos que aseguran que este tope es muy alto, y acarrearía altos costos de impuestos para el país por el incremento del pasivo pensional que tenga que asumir la nación, y que la mayoría de cotizantes estarían en este segmento.

Por esta misma razon tambien llegó sin acuerdo al debate el artículo 12 y el 13, que presenta las características generales frente a la afiliación y cotización del sistema, así como las prestaciones del mismo.

Ni soypoco en el artículo 19, el artículo central en el que se determinan las condiciones del pilar contribuyente del sistema; el 32, que establece la liquidación y el monto de la pensión integral de la vejez en el pilar contributivo.

(Vea: Reforma pensional: aprueban informe de ponencia en primer debate).

Otro el punto de discordia es el artículo 33que establece el mecanismo de financiación y pago para el componente complementario de ahorro individual.

Así como las secciones 76 y 77que resultaron respectivamente las condiciones del régimen de transición entre el sistema actual (Ley 100 de 1993) y el nuevo sistema que crearía la reforma, pues aquellas personas con más de 1.000 semanas cotizadas se quedarían con las condiciones actuales, así como la oportunidad de traslado para las personas que tengan más de 1.000 semanas cotizadas entre un sistema y otro bajo la ley actual.

El hueso otros dos puntos fils acuerdo con los articulos 88que dice que se debe «conmutar los retiros programados», y el 90, que define la entrada en vigencia de la ley desde el 01 de enero de 2025.

El coordinador del proyecto, la senadora por el Pacto Histórico Martha Peralta Epieyú, explicó en la última sesión de la comisión que, tras las mesas de trabajo de las últimas semanas entre el Gobierno y los ponentes del Congreso se canceló un acuerdo en 29 puntos, mientras que 44 de los artículos de la ponencia no tienen proposiciones para ser modificados y se votarían como vienen en el texto.

(Vea: Reforma pensional: aprueban informe de ponencia en primer debate).

Pensión

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Además de los puntos en que no hay por ahora una visión común entre el Gobierno y los congresistas, otro grupo de artículos por ahora solo han sido acogidos de manera parcial, y podrían complicar también el debate.

Entre ellos está el artículo 4. Este define que los principios del sistema de pilares, pero los ponentes aparecieron reparos en torno a la «favorabilidad» y el «financiamiento» de este.

También está el sección 14, que al igual que otros puntos definen las características del sistema, y ​​entre los puntos que quedaron sin acuerdo está la financiación del modelo.

Uno de los cambios que introdujo la ponencia frente al proyecto original fue un cambio en la edad de pensión en el pilar solidario y del semicontributivo,
Y este es el punto de inhabilitación de los artículos 17 y 18, y por el cual no fueron acogidos en su totalidad. And also quedó para votación en el punto 17 la posibilidad de que Colombia Mayor vuelva el Pilar Solidario.

Otro punto que celebrar un acuerdo parcial entre los ponentes es el 20, que definen lo obligatorio en el monto de las cotizaciones, dado que hay diversas propuestas. La ponencia establece que quienes tengan un ingreso base de cotización superior a cuatro salarios mínimos deben aportar puntos adicionales a cotización obligatoria del 16%.

Y tampoco en el punto 23 del articulado, que establece la distribución de esos 16 puntos de contribución.

Los otros asuntos que no tienen un acuerdo parcial tienen que ver con el Fondo de Ahorro que se crearía para Colpensiones, por medio del sección 24 y de las fuentes para los recursos del Fondo de Solidaridad Pensional, a través del sección 26.

Allá Senadora Conservadora, Nadia Blel, Seguro que «existen serias preocupaciones frente a la gobernanza” del artículo 24 y que sustantiva sospecha “Frente al Destino de los ahorros de los colombianos«.

Normalmente, el senador Honorio Henríquez (Centro Democrático) indicó que «debe darse cuenta de más claridad en la forma en la que van a manejar estos recursos billonarios».

(Vea: Los impactos que tendrán caída sobre semanas de cotización de mujeres).

LAURA LUCÍA BECERRA ELEJALDE
Portafolio Periódico

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